TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL DECLARÓ FUNDADA DEMANDA PRESENTADA POR MOQUEGUA SOBRE PROBLEMÁTICA
TERRITORIAL CON PUNO
L
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a demanda interpuesta por el Gobierno Regional de Moquegua contra la
Ordenanza Regional N° 0022-2011 del Gobierno Regional de Puno, mediante el cual
se exige reconocer y emplazar a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM)
respetar los límites ancestrales para los procesos de demarcación territorial
de dicha región, fue declarada fundada en parte por el Tribunal Constitucional
del Perú.
Esta demanda de inconstitucionalidad fue interpuesta el 15 de marzo del
2012, para contravenir la mencionada Ordenanza que pretendía reconocer los
límites ancestrales en la provincia de Puno, distritos de Acora, Pichacani, San
Antonio de Esquilache y Mañazo, así como la provincia de El Collao, distrito de
Santa Rosa de Mazo Cruz incluyendo a la Comunidad de Pasto Grande, que de
acuerdo a la Ley N° 25361 de Creación de la provincia de El Collao, es parte de
Moquegua.
Admitida la demanda por el Tribunal Constitucional, el 05 de octubre del
2012 se llevó a cabo la audiencia para la vista de causa, donde se expuso con
claridad las razones técnicas y jurídicas por las cuales la Ordenanza Regional
contravenía la Constitución y afectaba la integridad territorial del
Departamento de Moquegua.
Finalmente,
la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional fue publicada el 02 de
octubre del 2013, donde deja sin efecto los artículos 2° y 3° de la Ordenanza Regional
de Puno, teniendo la sentencia fuerza de Ley y Calidad de Cosa Juzgada, que no
puede ser materia de impugnación ni cuestionamiento por parte de Puno. Además,
se deja en claro que los Gobiernos Regionales carecen de competencia para
demarcar unilateralmente su territorio y reconocer sus límites ancestrales.
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