viernes, 6 de julio de 2012

FUE LLEVADO A LA FUERZA A JUICIO ORAL
Y TERMINÓ PIDIENDO PERDON

Carpintero fue sentenciado
por el delito de estafa
 (Moquegua, Julio 2012). Roni Gaine Fernández Cabana, “carpintero metálico", fue sentenciado a dos años y ocho meses de pena privativa de la libertad con carácter de suspendida, al ser responsable del delito de estafa; caso llevado a juicio oral por el Fiscal Provincial, Dr. Roberto Giraldo Cadillo.
Según explicó el Fiscal del Tercer Despacho de Investigación, Fernández Cabana, en febrero del 2011, acordó con el agraviado Raúl Huacan Vizcarra, a fin de que  haga una puerta metálica enrollable, dirigiéndose ambos a comprar los materiales, el imputado le comenta que un amigo podría llevar los materiales al taller en su camioneta, por lo que ambos se retiran del lugar.
Luego el agraviado recibe una llamada de Fernández Cabana, manifestando que llevaría los materiales a su taller al día siguiente, previamente había regresado a la ferretería pidiendo le devuelvan el dinero, manifestando que el comprador había tenido un problema con el banco, devolviéndole 600 soles de la compra; tras la llamada la victima regresa para comunicar a la vendedora que después recogerían los productos, sin embargo le comunican que el monto pagado fue devuelto.
El representante del Ministerio Público manifestó además en la audiencia que al acusado se le convocó a la sede fiscal para poder llegar a un entendimiento y resarcir el daño económico originado pero no se presento, continuando el perjuicio patrimonial al haber dispuesto del dinero ilícitamente, esta situación se volvió a repetir al ser traído de grado fuerza a esta audiencia, manifestó el Dr. Giraldo Cadillo.
Ante estos hechos expuestos por la Fiscalía el acusado reconoció los hechos, siendo sentenciado a la pena antes mencionada, además de la devolución de los 600 soles al agraviado. Por su parte la vendedora de la ferretería quien también resulto agraviada decidió perdonar el pago de la reparación civil al sentenciado, pidiendo como única condición que el imputado pida disculpas públicas a los agraviados, hecho que ocurrió al finalizar la audiencia.
  Moquegua, 06 de Julio del 2012

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