FISCALÍA PRESENTÓ
APELACIÓN
A SENTENCIA A EX
ALCALDE PROVINCIAL
Apelación también contra
ex funcionarios y
proveedores
(Moquegua,
Agosto 2012). El Fiscal Adjunto
Provincial de la Fiscalía Mixta de General Sánchez Cerro, Dr. Persi Jordán
Medina interpuso el recurso impugnatorio de apelación, a la sentencia de
seis años en contra de Mauricio Nina Juárez, Juan Carlos Cornejo Luna, Roomir
Mora Atencio, David Withmory Veramendi y Patricia Rossana Medina Chipa
y Ronald Gonzales Saravia a quien se le puso
cuatro años.
Como se sabe los antes mencionados fueron sentenciados por el delito
contra la administración pública en la modalidad de colusión
desleal. En su calidad de ex alcalde, ex funcionarios y extraneus (proveedores),
adquirieron y vendieron respectivamente, un camión compactador y una ambulancia,
sobrevalorados en más de 147 mil soles, entre otras deficiencias técnicas que no
cumplían la petición inicial.
Sin embargo la sentencia a considerar de la Fiscalía es benigna y
desproporcional pidiendo por lo tanto sea revocada por la instancia superior y
se imponga a los sentenciados mayor sanción penal, señalando que
incluso fue impuesta por debajo del promedio legal para el delito de colusión
desleal que es de nueve años y sin que exista causa que atenúen la
responsabilidad la sanción debe ser mayor a la impuesta.
Teniendo en cuenta estos hechos es que la Pretensión Impugnatoria del
Ministerio Público, es que se imponga una sanción penal de once años tanto para
el ex alcalde Mauricio Nina Juárez como el resto de sentenciados a excepción
de Ronald Jack Gonzáles Saravia para quien se está solicitando una
pena de siete años con carácter de efectiva.
Entre los fundamentos que sostiene el pedido Fiscal, manifiesta que
no existen circunstancias que atenúen la responsabilidad de los sentenciados,
razón por la cual no hay motivación válida para imponer sanción por debajo del
promedio de la pena legal, muy por el contrario existen circunstancias que
agravan las responsabilidad de los sentenciados.
Para el criterio del Ministerio Público estas circunstancias
agravantes son: los medios empleados; el hecho de haber implementado dos
procesos especiales de selección para burlar el proceso de licitación pública
regular, la importancia de los deberes infringidos; el sentenciado en su
calidad de alcalde representa el nivel más alto de la gestión municipal,
unidad o pluralidad del agente; según sentencia actuaron como bloque
negociador y por último la edad, educación, situación económica y medio
social;los sentenciados son profesionales, con experiencia en gestión
administrativa y municipal y por tanto les es exigible un actuar correcto y
transparente.
Finalmente el Dr. Persi Jordán Medina, manifestó
que tras la presentación de este escrito está a la espera que pueda ser resuelto
por la instancia superior respectiva; asimismo informó que su despacho no ha
sido notificado respecto a que los sentenciados se hayan puesto a disposición de
la justicia; razón por la cual se encuentra vigente la orden de captura.
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