FISCALÍA
PRESENTÓ APELACIÓN
A
SENTENCIA A EX ALCALDE PROVINCIAL
Apelación
también contra
ex funcionarios y proveedores
(Moquegua, Agosto 2012). El Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalía Mixta de
General Sánchez Cerro, Dr. Persi Jordán Medina interpuso el recurso
impugnatorio de apelación, a la sentencia de seis años en contra de Mauricio
Nina Juárez, Juan Carlos Cornejo Luna, Roomir Mora Atencio, David Withmory
Veramendi y Patricia Rossana Medina Chipa
y Ronald Gonzales Saravia a quien se le puso cuatro años.
Como se sabe los antes mencionados fueron sentenciados
por el delito contra la administración pública en la modalidad de colusión desleal. En su calidad de ex alcalde,
ex funcionarios y extraneus (proveedores), adquirieron y vendieron
respectivamente, un camión compactador y una ambulancia, sobrevalorados en más
de 147 mil soles, entre otras deficiencias técnicas que no cumplían la petición
inicial.
Sin embargo la sentencia a considerar de la Fiscalía
es benigna y desproporcional pidiendo por lo tanto sea revocada por la
instancia superior y se imponga a los sentenciados mayor sanción penal, señalando que incluso fue impuesta por debajo
del promedio legal para el delito de colusión desleal que es de nueve años y
sin que exista causa que atenúen la responsabilidad la sanción debe ser mayor a
la impuesta.
Teniendo en cuenta estos hechos es que la Pretensión
Impugnatoria del Ministerio Público, es que se imponga una sanción penal de
once años tanto para el ex alcalde Mauricio Nina Juárez como el resto de
sentenciados a excepción de Ronald Jack
Gonzáles Saravia para quien se está solicitando una pena de siete años con
carácter de efectiva.
Entre los fundamentos que sostiene el pedido Fiscal,
manifiesta que no existen circunstancias que atenúen la responsabilidad de los
sentenciados, razón por la cual no hay motivación válida para imponer sanción
por debajo del promedio de la pena legal, muy por el contrario existen
circunstancias que agravan las responsabilidad de los sentenciados.
Para el criterio del Ministerio Público estas
circunstancias agravantes son: los
medios empleados; el hecho de haber implementado dos procesos especiales de
selección para burlar el proceso de licitación pública regular, la importancia de los deberes infringidos;
el sentenciado en su calidad de alcalde representa el nivel más alto de la
gestión municipal, unidad o pluralidad
del agente; según sentencia actuaron como bloque negociador y por último la edad, educación, situación económica y
medio social;los sentenciados son profesionales, con experiencia en gestión
administrativa y municipal y por tanto les es exigible un actuar correcto y
transparente.
Finalmente el Dr. Persi Jordán Medina, manifestó que
tras la presentación de este escrito está a la espera que pueda ser resuelto
por la instancia superior respectiva; asimismo informó que su despacho no ha
sido notificado respecto a que los sentenciados se hayan puesto a disposición
de la justicia; razón por la cual se encuentra vigente la orden de captura.
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