viernes, 17 de agosto de 2012

FISCALÍA PRESENTÓ APELACIÓN

A SENTENCIA A EX ALCALDE PROVINCIAL





Apelación también contra

     ex funcionarios y proveedores





(Moquegua, Agosto 2012). El Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalía Mixta de General Sánchez Cerro, Dr. Persi Jordán Medina interpuso el recurso impugnatorio de apelación, a la sentencia de seis años en contra de Mauricio Nina Juárez, Juan Carlos Cornejo Luna, Roomir Mora Atencio, David Withmory Veramendi y Patricia Rossana Medina Chipa  y  Ronald Gonzales Saravia  a quien se le puso cuatro años.

Como se sabe los antes mencionados fueron sentenciados por el delito contra la administración pública en la modalidad de  colusión desleal. En su calidad de ex alcalde, ex funcionarios y extraneus (proveedores), adquirieron y vendieron respectivamente, un camión compactador y una ambulancia, sobrevalorados en más de 147 mil soles, entre otras deficiencias técnicas que no cumplían la petición inicial.

Sin embargo la sentencia a considerar de la Fiscalía es benigna y desproporcional pidiendo por lo tanto sea revocada por la instancia superior y se imponga a los sentenciados mayor sanción penal,  señalando que incluso fue impuesta por debajo del promedio legal para el delito de colusión desleal que es de nueve años y sin que exista causa que atenúen la responsabilidad la sanción debe ser mayor a la impuesta.

Teniendo en cuenta estos hechos es que la Pretensión Impugnatoria del Ministerio Público, es que se imponga una sanción penal de once años tanto para el ex alcalde Mauricio Nina Juárez como el resto de sentenciados a excepción de  Ronald Jack Gonzáles Saravia para quien se está solicitando una pena de siete años con carácter de efectiva.

Entre los fundamentos que sostiene el pedido Fiscal, manifiesta que no existen circunstancias que atenúen la responsabilidad de los sentenciados, razón por la cual no hay motivación válida para imponer sanción por debajo del promedio de la pena legal, muy por el contrario existen circunstancias que agravan las responsabilidad de los sentenciados.

Para el criterio del Ministerio Público estas circunstancias agravantes son: los medios empleados; el hecho de haber implementado dos procesos especiales de selección para burlar el proceso de licitación pública regular, la importancia de los deberes infringidos; el sentenciado en su calidad de alcalde representa el nivel más alto de la gestión municipal, unidad o pluralidad del agente; según sentencia actuaron como bloque negociador y por último la edad, educación, situación económica y medio social;los sentenciados son profesionales, con experiencia en gestión administrativa y municipal y por tanto les es exigible un actuar correcto y transparente.

 Finalmente el Dr. Persi Jordán Medina, manifestó que tras la presentación de este escrito está a la espera que pueda ser resuelto por la instancia superior respectiva; asimismo informó que su despacho no ha sido notificado respecto a que los sentenciados se hayan puesto a disposición de la justicia; razón por la cual se encuentra vigente la orden de captura.

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