La vacancia ha sido pedida por Rosalia Lorensa Machaca Mamani, quien fundamentó el pedido en la inhabilitación que tendría Adán Vargas para ejercer cargo público durante el lapso de 5 años. Esto debido a que el Poder Judicial le habría impuesto una medida sancionaria por una falta disciplinaria y por lo tanto se encuentra inscrito en el registro nacional de sanciones de destitución y despido. Por su parte el Alcalde se defendió diciendo que aún no ha agotado el recurso de reconsideración con respecto a la sanción y por lo tanto denunciará a los funcionarios que hayan impulsado la inscripción en el registro de sanciones y destituciones.
Creado por: Lisbeth Yáñez
13 de abril del 2012
Adán Vargas, Alcalde de Ite
Ante esto el alcalde indicó que hay gente que tiene interés en perjudicar su gestión y que está buscando la forma de detener el trabajo que está realizando porque ha impulsado proyectos de trascendencia en su distrito.
Este pedido tendrá que ser analizado por el Jurado Nacional de Elecciones, así como el Consejo de la Municipalidad.
El pedido de vacancia se fundamenta en que, antes de que el alcalde se desempeñaba como tal, lo hacia como profesional de derecho y debido a esto se desempeñaba como auxiliar jurisdiccional de la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna y en este contexto, fue procesado por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial por severas infracciones al Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y Reglamento Interno de Trabajo de la misma institución, por haber ejercido el patrocinio, y utilizar bienes y materiales de trabajo para fines diferentes a sus funciones que desarrolla en el Poder Judicial.
Finalmente, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolución de fecha 20 de Diciembre de 2,011, resolvió "imponer la medida disciplinaria de destitución al señor Adán vargas Cárdenas por su actuación como auxiliar jurisdiccional de la sala civil de la corte superior de justicia de Tacna." Y Asimismo, resolvieron: "disponer la inscripción de la medida disciplinaria impuesta en el registro nacional de sanciones de destitución y despido."
Por su parte el alcalde indicó que no se puede inscribir una resolución cuando no ha sido resuelto el recurso de reconsideración que esta pendiente de resolución, “En todo caso, si es que se desestima el pedido de reconsideración tenemos otra vía que es la vía legal, estaos hablando de un proceso disciplinario, administrativo y vamos a judicilizarlo, tenemos que ir a otra demanda que es una demanda de impugnación de la demanda consentida”.
En el punto Nº 8 del pedido de vacancia dice que una sanción de destitución, acarea inmediatamente una inhabilitación para ejercicio de la función pública, incluida la emanada de elección popular, en el lapso de cinco años, lapso en el que además se encuentra el ciudadano Adán Vargas.
Además en la parte legal se fundamenta en la Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 22° inciso 10 - Ley N° 27972, que indica: "El cargo de Alcalde o Regidor se declara vacante en los siguientes casos: Por sobrevenir algunos de los impedimentos establecidos en las Ley de Elecciones Municipales, después de su elección."y efectivamente, Adán Vargas ha sido destituido, después de ser electo, por tanto, si su destitución acarrea a la vez, la inscripción en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido, entonces se encuentra inhabilitado para ejercer función pública por el lapso de cinco años, lo que en si de puro derecho constituye una causal de vacancia en el cargo, conforme hemos detallado en el punto anterior…
Finalmente el alcalde indicó que le parece extraño que se haya inscrito dicha resolución en el registro nacional de sanciones y destituciones, cuando este aún no ha sido resuelto, asegurando que se trata de un manejo político.
cortesia Radio Uno
No hay comentarios:
Publicar un comentario