domingo, 20 de noviembre de 2011

SALA DE APELACIONES DISPONE LIBERTAD A SENTENCIADO POR ACTOS CONTRA EL PUDOR




·         Fiscalía en desacuerdo por decisión del Poder Judicial



·         Pese apruebas presentadas, se dispuso se desarrolle nuevo juzgamiento con otro colegiado.



(Ilo, Noviembre de 2011) Los jueces de la Sala Superior de Apelaciones del Poder Judicial, Edwin Laura Espinoza, Alfredo Salinas Mendoza y Guillermo Kuong Cornejo  declararon nulo la sentencia condenatoria que pesaba sobre José Guevara Chipoco por el delito de violación sexual en la modalidad de actos contra el pudor de menores, en agravio de las alumnas que estuvieron a su cargo cuando era docente de aula de la I.E. Virgen del Rosario.



“Tenemos la Resolución de vista Nº 7 de la Sala donde se declara nulo el proceso desde la etapa de juzgamiento y se dispone que se forme otro colegiado para que se inicie un nuevo juicio. En ninguna parte de la resolución se precisa que se haga otro proceso por haber sido declarado inocente. Lamentablemente esto ha implicado que el imputado sea puesto en libertad sin ninguna restricción. Asimismo, observa que es el Ministerio Público quien ofreció las pruebas en su oportunidad y que el Poder Judicial no las admito, dejando sin pruebas a la Fiscalía”, indico Sara Díaz Vélez, Fiscal Adjunta del Cuarto Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ilo.



También se dispuso que se remitan copias de los actuados pertinentes a la ODECMA para que los magistrados que llevaron el proceso sean investigados.



Pese a las trabas presentadas durante el juicio el Ministerio Público consiguió una sentencia condenatoria de 12 años de pena privativa de la libertad con carácter de efectiva, en agravio de 4 niñas y fue absuelto de 7 alumnas.



“Está establecido que cuando es más de una víctima la pena debe de duplicarse en el máximo de la pena, y en el caso para este delito el máximo de la pena es de 12 años, si el Código Penal establece que debe duplicarse la pena, debió imponérsele 24 años,; sin embargo al imputado sólo se le impuso 12 años de  cárcel”, precisó la magistrada.



Asimismo el Ministerio Público en su oportunidad apeló en dos sentidos, que se condenen por las 7 niñas que se habían absuelto y son agraviadas -habiéndose probado en juicio- y que la pena sea de 24 años porque así está establecido legalmente.



Han pasado dos semanas y hasta el momento se está a la espera que el Poder Judicial remita la carpeta y se comience a trabajar rápidamente para que se inicie el proceso y se forme otra Sala Colegiada con nuevos jueces que juzguen conforme al debido proceso.



Conocido el fallo la Defensoría del Pueblo viene solicitando información al Ministerio Público sobre el proceso del sonado caso que conmociono a la comunidad ileña.


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