lunes, 16 de diciembre de 2013

Respaldan decreto pesquero que defiende las 10 millas para el consumo humano directo

Toribio Mamani de Defensa Marina dijo estar acuerdo con la decisión del Ministerio de la Producción que lanzó el DS pese a la posición de la Corte Suprema, que declaró ilegal la restricción a la pesca industrial de anchoveta entre las cinco y diez millas.
Creado por: Radio Uno

16 de diciembre del 2013
(USI)











































A través del Decreto Supremo 011-2013, el Ministerio de la Producción (Produce) ratificó su posición de que la pesca industrial debe desarrollarse mar a fondo, desde las 10 millas. Esto pese a que la Corte Suprema declaró ilegal la restricción a la pesca industrial de anchoveta entre las cinco y diez millas, medida comprendida en el DS N°005-2012.
"Esto es una buena noticia para el pueblo peruano porque tenemos un gobierno que esta protegiendo el borde costero, esta protegiendo a los pescadores artesanales y esta tratando de garantizar el pescado para el puebo", dijo en comunicación telefónica con RADIO UNO Toribio Mamani de Defensa Marina. 
NUEVA NORMA
De acuerdo al portal Gestión.pe el D.S. 011-2013 establece, entre otras disposiciones, lo siguiente:
• La zona comprendida desde la línea de costa hasta las diez millas marinas, entre el extremo norte del dominio marítimo hasta los 16°00’ Latitud Sur (Atico, Arequipa), está reservada para la extracción de anchoveta destinada exclusivamente al consumo humano directo.
• En la zona de reserva se realizarán actividades extractivas artesanales o de menor escala. Las actividades artesanales se realizarán en la zona desde la línea de la costa hasta las 5 millas marinas y son exclusivas para embarcaciones de hasta 10 metros cúbicos de capacidad de bodega, en la que predomina el trabajo manual. Las actividades de menor escala se realizarán en la zona a partir de la milla 5 hasta la milla 10, reservada para embarcaciones de más de 10 y hasta 32.6 metros cúbicos de capacidad de bodega y no más de 15 metros de eslora, que puede contar con modernos equipos y sistemas de pesca.
• Se faculta al Ministerio de la Producción a aprobar los regímenes excepcionales temporales que resulten necesarios ante eventos extraordinarios que incidan en el comportamiento del recurso, previo informe del Imarpe.
Según detalla Produce, la nueva norma cuenta con un informe científico de Imarpe “que consolida, articula y hasta amplía toda la información científica disponible y cuyos fundamentos fueron presentados por el Ministerio de la Producción para emitir el Decreto Supremo 005-2012-PRODUCE”. “También cuenta con un informe jurídico emitido por la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y derechos Humanos”, añade.
El decreto, firmado por el presidente Ollanta Humala y la ministra de la Producción, Gladys Triveño, establece como zona de reserva las 10 millas marinas para el consumo humano directo.
FALLO DE LA HAYA
En otro momento Toribio Mamani mencionó que los pescadores esperan que el 27 de enero del 2014, la corte Internacional de Justicia de la Haya haga justicia con el mar peruano y chileno y lo "divida" en partes iguales. "Los peruanos recuperarán el mar que les corresponde y los chilenos también", dijo.

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