jueves, 2 de junio de 2011

5 MILLAS MARINAS SERAN DE EXCLUSIVIDAD PARA LA PESCA ARTESANAL

Congreso aprobó ley que define franja costera como exclusiva para pesca artesanal

Lima, jun. 01 (ANDINA). El pleno del Congreso aprobó esta tarde por mayoría una norma por la cual se define como zona exclusiva para la pesca artesanal y la actividad acuícola, la franja costera comprendida entre las cero y cinco millas marinas.
De acuerdo a ello se establece que las especies extraídas de dicha zona costera, sólo podrán ser destinadas para el abastecimiento del consumo humano, con excepción de aquellos productos acuícolas exportables.
A través del artículo tercero de la disposición se precisa que queda prohibida en la referida zona la utilización de redes de cerco, de arrastre industriales, así como el uso de métodos, artes y aparejos de pesca que modifiquen las condiciones bioecológicas del hábitat marino.
Para el efecto, se establece que los armadores y las plantas industriales o artesanales que incumplan lo dispuesto en la presente ley, serán sancionados con una multa y suspensión de la concesión, autorización o permiso de pesca, hasta por un período de 6 meses.
Se añade además que en el caso de reincidencia, la sanción a aplicarse consistirá en la anulación de la respectiva concesión, autorización o permiso de pesca según sea el caso.
Por otro lado, el Congreso aprobó y exoneró de la segunda votación una disposición legal por la cual se crea la Universidad Autónoma de Tayacaja (Huancavelica), cuya denominación será “Daniel Hernández Murillo”, como homenaje a un conocido artista de ese lugar.
La nueva universidad tendrá como fin fomentar el desarrollo tecnológico, científico y en forma sostenible del medio ambiente, entre otros.
Inicialmente brindará las carreras profesionales que ofrece la Universidad Nacional de Huancavelica, pudiendo ampliar posteriormente su oferta de estudios.
(FIN) NMC/CCR

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