Hay novedades en lo referido a la nueva Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública Nº 001-2001-EF/68.01, recogimos informacion de la pagina de municipio al dia esperando sea útil para funcionarios y gestores de inversion publilca.
Novedades de la nueva Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública N° 001-2011-EF/68.01
Presentamos a continuación algunas de las novedades más resaltantes de la Directiva N° 001-2011-EF/68.01 aprobada por Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01, relacionadas con las municipalidades.
1. Con relación a los estudios de Prefactibilidad
Al haber eliminado los estudios de prefactibilidad se modifican el ciclo del proyecto en la fase de preinversión. Así, el artículo 15.3 de la nueva directiva establece la OPI luego de la evaluación del PIP puede:
- Aprobarlo y autorizar la elaboración del estudio de factibilidad
- Declarar la viabilidad.
- Observar el estudio
- Rechazar el PIP
Lo mismo ocurre en el caso de PIPs con endeudamiento, en donde en caso de aprobar el Perfil, podrá solicitar a la DGPM autorización para la elaboración del estudio de factibilidad o la declaratoria de viabilidad, así como observarlo y rechazarlo.
2. Con relación a los umbrales de incremento de costos de proyectos en fase de inversión, sin tener que ser paralizados ni entrar en proceso de verificación de viabilidad.
En la anterior directiva se trabajaba con un umbral fijo de 10%, el mismo que se ha ampliado en:
- 20% Cuando el PIP es mayor a 6 millones de nuevos soles
- 30% Si es mayor que 3 millones y menor a 6 millones de nuevos soles
- 40% Si es menor o igual que 3 millones de nuevos soles.
3. En cuanto a funciones y responsabilidades de la OPI
La nueva directiva establece que la OPI tiene la función de aprobar los Términos de Referencia cuando la Unidad Formuladora - UF contrate la elaboración de los estudios de preinversión de manera externa, y si dicha elaboración es hecha por los técnicos de la misma UF la OPI tiene la función de aprobar el Plan de Trabajo de la misma, no siendo aplicable únicamente a los proyectos conformantes de un conglomerado.
4. Transparencia
En relación a la transparencia y mejor acceso a la información, se ha introducido la obligatoriedad de presentar los estudios de pre inversión y sus términos de referencia, en formato digital, a fin de colgarlos en la página web web del MEF. Al respecto, que para que la OPI registre la declaración de viabilidad de un PIP en el Banco de Proyectos, deberá incluir en la Ficha de Registro del PIP, el archivo electrónico del estudio de pre inversión que sustenta la viabilidad, así como el Resumen Ejecutivo de dicho estudio y el Informe Técnico de declaración de viabilidad. Este aspecto constituye un aporte interesante en términos de la verificación de la calidad de los estudios, además de lo ya manifestado respecto de la transparencia.
5. Comités de seguimiento
Es importante la novedad de constitución de los Comités de seguimiento de proyectos cuyo monto de inversión supere los 10 millones de soles o que suponga endeudamiento con aval o garantía del estado, con el objeto de que se brinde toda la información correspondiente al avance de la ejecución y liquidación de los PIP. Sin embargo, por lo complejo que puede resultar en términos de implementación de momento solo se ha optado por implementarlos en determinados sectores, mas no en las municipalidades.
Base legal:
Directiva N° 001-2011-EF/68.01, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01, artículos 8, 15, 16, 22, 26 y 27
Fuente : http://www.municipioaldia.com/
No hay comentarios:
Publicar un comentario